Publicado 2025-08-29
Palabras clave
- Lex fori concursus,
- insolvencia transfronteriza,
- derecho internacional privado
Cómo citar
Derechos de autor 2025 Pro Jure Revista de Derecho - Pontificia Universidad Católica de Valparaíso

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Resumen
La regla de la lex fori concursus establece que la ley aplicable a un procedimiento concursal es la del foro en el que se inicia, y ha sido usualmente relevada como una solución evidente en los esfuerzos de la pretensión universalista de los concursos internacionales. Este artículo analiza sus justificaciones más usuales, descartando aquellas alusivas a su naturaleza o a los afanes de unidad normativa o de igualdad de los acreedores, trasparentando en cambio su íntima vinculación con la asignación de competencia internacional. De esta forma, se cuestiona la transversalidad de la solución, argumentando que su implementación depende de un marco normativo que respalde una aplicación coherente y previsible. Fundado en criterios de proximidad, se aboga por la identificación de factores personalistas que aseguren una vinculación procedimental y sustantiva con el deudor y el respeto de los intereses generales de los acreedores.